UN COMENTARIO A PROPÓSITO DE LA REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO EN EL PERÚ

Escrito por César Martinez. Publicado en Enero 2018

Por: Eco. José E. Zapata La Torre*

Se ha comentado en un foro cooperativo llevado a cabo recientemente “Cooperativismo peruano: Perspectivas para el 2018” que, el cooperativismo necesita un marco jurídico adecuado y reglas de juego claras para su desarrollo en el país.

Se menciona que ”el cooperativismo debe tener también un entorno político bueno. En ese sentido, el gabinete de la presidenta del Consejo de Ministros, Mercedes Aráoz deberá asumir varios retos este año, entre los que se encuentran la cohesión del equipo ministerial, la asunción de un liderazgo claro, el diálogo constante con todas las fuerzas políticas, la reunificación de la bancada del Partido Peruanos por el Kambio (PPK) y escuchar el clamor ciudadano acerca de la inseguridad y la violencia, etc, etc. Que, lo vivido el año pasado no ha sido bueno para el movimiento cooperativo, ni para ningún sector productivo del país, el entorno político fue impredecible, con un gobierno débil, sin liderazgo, sin base moral, y sin partido político que lo respalde….”

Asimismo se dice, ” se ha tenido (y tiene) un gabinete ministerial sin la confianza de ninguna fuerza partidaria, con problemas, suscitado por el indulto al expresidente Alberto Fujimori, y sin aclarar los vínculos entre el presidente Pedro Pablo Kuczynski y la constructora brasileña Odebrecht. A todo ello hay que sumarle el problema de la “incomunicación”……Todo ello vivió el movimiento cooperativo al que se le debe sumar los cambios y propuestas normativa sobre el cooperativismo”.

Se menciona también que ”el peor período experimentado por el cooperativismo fue a partir de 1991, cuando el gobierno de turno dispuso que todas las cooperativas se inscribieran en un registro y luego se liquidó el Instituto Nacional de Cooperativas (INCOOP). Se prohibió que las cooperativas tengan más de 1,000 socios y no más de dos locales, mientras que la Superintendencia de Banca y Seguros de ese entonces, fomentaba, mediante avisos, a las cooperativas…. (?)”

Todo ello, en mucho, no falta a la verdad. Es correcto que el primer gobierno del Ingeniero dejo sin ningún apoyo estatal al movimiento, es más, se mantuvo una Ley General de cooperativas no reglamentada, llena de vacíos que ha provocado en mucho, la generación de voluntades insanas por parte de personas congregadas para actuar al margen de la Ley aprovechándose justamente de dichos vacíos, para utilizar esta modalidad asociativa en su propio provecho y no de la sociedad.

Desde mi punto de vista, a pesar de que, actualmente no hay condiciones ni una seguridad política adecuada para el sostenimiento de una nueva ley general cooperativa, y esto no se sabe hasta cuándo durara, es pertinente dar una señal de seguridad financiera para quienes confían sus ahorros en las cooperativas de ahorro y crédito y evitar que se siga utilizando dicha personería jurídica para justificar la realización de intermediación financiera para beneficios personales y/o actuar fuera de la Ley. Y que mejor para ello que, el organismo estatal especializado en regulación y supervisión financiera, la SBS, comprenda dentro de su campo a las cooperativas de ahorro y crédito que solo captan dinero de sus asociados, actuando en conjunto con la FENACREP, Federación que, debe básicamente efectuar una labor de promoción y desarrollo cooperativo y ha estado involucrada técnicamente en un labor de supervisión indicativa desde la desaparición del INCOOP, que ha permitido mantener la estabilidad del movimiento y actuar como una voz autorizada para denunciar y alertar a la ciudadanía respecto a la situación de sus ahorros en las cooperativas.

Reitero, a propósito de las afirmaciones vertidas recientemente que, existe la necesidad inmediata que el Estado asuma directamente la regulación y supervisión de las Cooperativas de ahorro y crédito, sin discriminar el tamaño y localización de las mismas. Si bien las cooperativas de ahorro y crédito pueden ser tratadas como microfinancieras, debe diferenciarse su posición jurídica que estas son de economía solidaria, asociativas (no son sociedades anónimas), con una regulación ad-hoc para lograr su consolidación y desarrollo, evitándose destruir un modelo exitoso creado para lograr la inclusión social y financiera.

La existencia de cooperativas de ahorro y crédito que actualmente puedan estar funcionando alejadas de los principios cooperativos y/o que podrían estar actuando de manera equivalente a una sociedad de capitales (como las bancarias, cajas y financieras), deben ser materia de reconsideración operativa para su transformación a sociedades anónimas y/o adecuación a la regulación bancaria y financiera general (art. 289º de la Ley No. 26702).

No debe utilizarse la situación de incertidumbre política que actualmente atraviesa el país, para seguir postergando la implementación de una regulación necesaria a los verdaderos intereses cooperativos.

*Ex Intendente General de microfinanzas de la SBS / Ex Gerente General de ASOMIF – Ex Gerente de Supervisión de la FENACREP / Consultor de Riesgos y Microfinanzas.